FEBRERO 2012
CIRCULAR 001/2012
A LAS SUPERVISORAS TÉCNICAS DE NIVEL INICIAL
DIRECTORAS Y DOCENTES DEJARDINES DE INFANTES
Un nuevo año comienza y este se transforma en el momento oportuno para realizar ajustes, continuidades o cambios. Es por esta razón, que dentro de los marcos normativos existentes y con el objeto de continuar con la sostenida lucha por la recuperación del espacio que el nivel inicial, La expansión cuantitativa, en cuanto al aumento de matrícula, establecimientos y salas, que la educación inicial desarrolla en los últimos años en base a políticas que promueven la democratización de la sala de 5 años, la universalización del acceso para los niños/as de 4 años, así como la incorporación progresiva de la franja de edad comprendida entre los 45 días y los 3 años de edad, pretende y merece tener en la agenda educativa y social del país y de la provincia las siguientes metas:
1. Reafirmar los fundamentos legales que sostienen las políticas educativas destinadas a la primera infancia, con el objeto de promover acciones tendientes a sostener el crecimiento del Nivel Inicial;
2. Continuar con la revalorización del Juego como rasgo distintivo que nuclea las acciones del Nivel Inicial;
3. Propiciar que el Nivel Inicial pueda ocupar todos los lugares destinados a la primera infancia en acciones intra e interministeriales, como así también con otras instituciones dedicadas a la primera infancia.
Es por ello que en la implementación y efectivización de lo que los marcos normativos expresan para el nivel inicial se tienen pensadas diferentes acciones, ante la decisión sostenida del Estado de garantizar la asistencia, crecimiento y expansión destinada a la primera infancia.
En primer lugar y con respecto a las inscripciones de los alumnos se deberá adoptar la siguiente medida en función de lo que las diferentes realidades del contexto institucional necesitan.
Se priorizará cubrir la matrícula de 5 años, según Resol Nº 5950/10 MECCyT, una vez cubierta dicha matrícula y contando con el espacio físico, las secciones habilitadas y los cargos, cada institución educativa está habilitada para inscribir alumnos de 4 años y luego de 3 años, ajustándose a la LEN Nº 26.206 y Ley de Educación Provincial Nº 6.991, para el ciclo de infantes, pudiendo conformarse salas integradas o independientes.
Para la planificación y organización de actividades, se recuerda que el Calendario oficial vigente: Básico y de Nivel Inicial, puede ser consultado en la dirección del Blog de Documentación: http://dirdocumentacion.blogspot.com.
Atentamente.
Prof. Myriam Liliana Alí
Directora de Nivel Inicial
MECCyT